
22 Abr Las nuevas facilidades para la construcción de campos de golf en Andalucía son recibidas con satisfacción y escepticismo por los profesionales del sector
La reciente aprobación y entrada en vigor del Decreto-Ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, supone una importante modificación del cuerpo normativo que regula el modelo y procedimiento para el desarrollo de proyectos de campos de golf en esta comunidad autónoma. La eliminación de esta figura normativa conlleva la supresión de una serie de trabas administrativas que durante más de una década desanimaron a promotores e inversores a apostar por el golf en la región con más campos de golf de España, algo que para muchos de los profesionales de la industria era un sinsentido.
El impacto principal de la publicación del nuevo decreto-ley andaluz radica en la derogación de varios elementos normativos relativos a los proyectos de campos de golf en Andalucía:
- Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, su artículo 40 que regulaba la declaración de los proyectos de campos de golf de interés turístico.
- Decreto 43/2008, de 12 de febrero, regulador de las condiciones de implantación y funcionamiento de campos de golf en Andalucía, los apartados 5 y 6 del artículo 4, el apartado 3 del artículo 8, el Capítulo V, la disposición adicional única y la disposición transitoria tercera.
- Orden de 13 de marzo de 2012 por la que se desarrolla el procedimiento para obtener la declaración de campos de golf de interés turístico en Andalucía.“Permitía, además, la implantación de campos de golf en prácticamente cualquier lugar (mientras ambientalmente cumpliese la normativa aplicable) aunque la planificación urbanística municipal o autonómica no lo previese. Para poder desarrollar el proyecto se requería entonces una modificación del Plan General de Ordenación Municipal y el Plan Territorial correspondiente, aspecto que supone un trámite de importancia en cuanto a plazos y costes”, añade Vidaor.
- “El resultado de la aplicación de esta normativa en 2008 resulto en que desde entonces no se ha conseguido la aprobación de nuevos proyectos, encallados en una tramitación compleja y costosa en estos últimos doce años”, continúa Vidaor.
- La supresión de estos elementos, ¿va a suponer un impulso para el desarrollo de nuevos campos de golf en Andalucía? ¿Los promotores que hace unos años vieron truncadas sus ilusiones de desarrollar un proyecto de campo de golf a orillas del Mediterráneo podrán retomar el trabajo? Hemos consultado a varios diseñadores de campos de golf e ingenieros de proyectos para conocer la opinión de los profesionales del sector. “La entrada en vigor del cuerpo normativo que ahora se deroga suponía, en un principio, la posibilidad de implantar campos de golf allí donde pudiese solicitarse (obviamente cumpliendo el resto de normativa ambiental y urbanística aplicable) pero estableciendo unas limitaciones a las características de los mismos (superficie mínima de setenta hectáreas, etc.) y sus posibles aprovechamientos complementarios (hoteles, equipamientos) que podían complicar o impedir la viabilidad de los mismos”, indica Alfonso Vidaor, cofundador de Green Project.
“Al derogarse la normativa relativa al desarrollo de campos de golf turísticos, los nuevos proyectos no se encontraran con las limitaciones fijadas por el anterior cuerpo normativo en cuanto a superficies y características de las instalaciones, pero deberán conseguir también superar unos trámites urbanísticos de importancia para conseguir su implantación, por lo que si bien aparentemente los tramites se simplifican, tampoco de genera ninguna facilidad adicional para su desarrollo al seguir vigente el cuerpo normativo Decreto 43/2008, de 12 de febrero, regulador de las condiciones de implantación y funcionamiento de campos de golf en Andalucía. Así, los nuevos campos de golf requerirán de la modificación de los instrumentos de planificación urbana municipal para su desarrollo”, concluye Alfonso Vidaor, cofundador de Green Project.
“Han sido muchos los nuevos proyectos que se han intentado llevar a cabo en Andalucía y que siguen en el tintero después de tantos años debido a las numerosas barreras administrativas a las que se han enfrentado, por lo que se ha ido haciendo inviable cualquier iniciativa relativa a nuevos proyectos de construcción de campos. Gracias a la derogación de este decreto, donde se liberalizan muchos aspectos administrativos y se evita que un campo de golf tenga que ser declarado bien de interés turístico, será mucho más fácil conseguir la aprobación tanto de los proyectos existentes como de los nuevos que estén por llegar y estoy seguro de que a medio plazo veremos los frutos de esta decisión y que ayudará en cierta medida a este sector a resurgir después de la fuerte crisis que estamos viviendo”, opina Carlos Gallegos, responsable comercial de GTM Golf.
“Creo que es una dosis de esperanza dentro de todo el caos que estamos viviendo todo el sector del turismo, y del golf concretamente. Nuestro sector está atravesando un momento crítico, pero estoy seguro que entre todos los que formamos parte del sector, como federaciones, instituciones públicas y privadas, y empresas, conseguiremos aunar esfuerzos para sacar la situación adelante y pronto volver más fuertes que nunca”, añade Gallegos.
“Mi opinión personal es que el decreto de 2008 fue una gran moratoria encubierta para de una forma drástica paralizar el gran torrente de nuevos proyectos que se habían planteado desde 2000. Todos los sectores del golf fuimos muy críticos con el decreto, cada uno analizando los aspectos que le afectaban. Personalmente, como diseñador de campos de golf, los aspectos que más critiqué eran los relativos a la gran superficie que se requería a un campo para garantizar que pudieran coexistir con las viviendas en su entorno. Exigir hasta setenta y cinco hectáreas para diseñar un campo de golf de calidad hacía inviable ya de por sí la adquisición de los terrenos por el elevadísimo coste de la operación. Pocos o ningún promotor iba a sacrificar tanta extensión de un suelo valiosísimo para construir una actividad residual como lo son en nuestro país los campos de golf”, opina Marco Martín, cofundador de Stirling & Martin Golf Architects.
“Para un diseñador de campos que se considere profesional de su actividad, no simplemente aficionado, es frustrante que sea una ley la que le prive de toda creatividad para diseña un excelente campo de golf en una superficie más reducida de las sesenta y cinco o setenta y cinco hectáreas requeridas por el decreto. Pero de aquellos polvos vienen estos lodos, y nunca mejor dicho. En España, y en concreto en Andalucía, se construyeron muchísimos campos de golf sin analizar el aspecto más importante, el básico, que no es otro que la seguridad hacía los entornos residenciales y urbanos que rodean a los campos de golf. Las numerosas denuncias de propietarios que recibían bolazos en sus jardines, e incluso viviendas, forzó a la Junta de Andalucía a cortar por lo sano y, ante la falta de conocimientos de la Administración sobre el diseño o sobre la seguridad, se optó por un decreto excedido”, continúa Martín.
“El decreto, buscando la calidad y seguridad de los campos, define unos parámetros tan amplios que cualquiera que diseñe un campo de golf le fuerza a que sea seguro sí o sí. Para el decreto, no hay buenos o malos diseñadores. Es como si cualquier persona, no solo un ingeniero, pudiera diseñar un puente… pero que para garantizar que no se caiga le obligo a levantar un Golden Gate ya sea para pasar un arroyo de cinco metros o un río de cincuenta metros de ancho”, prosigue Martín.
“Mis conclusiones, ahora que el Decreto 43/2008 aparece derogado, es que sí se volverán a plantear nuevos proyectos de campos de golf, no solo en Andalucía sino en todo el territorio nacional, pero en el 99 % de los casos orientados a crear valor a un entorno o núcleo residencial. Pocos o casi ningún proyecto tendrán vocación exclusivamente deportiva a no ser que se cedan o regalen los terrenos al promotor, e incluso la Administración financie incluso las infraestructuras generales (accesos, traída de agua de riego, electricidad, etc.). Se promoverán campos con una localización adecuada (próximos a grandes núcleos urbanos, próximos a aeropuertos con actividad, con alojamiento hotelero asociado, etc.)”, continúa Martín.
“Por otro lado la Ley de Usos del Agua deberá considerarlos como actividad agrícola y así considerar el coste del agua y el volumen de suministro, y la Administración lo deberá asociar a una actividad básica para la industria turística- deportivo y, en consecuencia, cotizar el mismo tipo de IVA. Se primará el uso de aguas residuales tratadas, exigiendo al gestor de la EDAR la calidad permanente delas aguas tratadas, ausencia de coliformes fecales y otros elementos patógenos. En nuevos resort con campos de golf se permitirá el uso de agua agrícola como alternativa para el riego hasta que el núcleo residencial genere de forma autónoma un volumen suficiente da agua residual”, apunta Martín.
“Se debería exigir a los diseñadores de campos de golf un mínimo de experiencia en diseño de campos de golf totalmente seguros en entornos urbanos, con probada eficacia en campos ya abiertos. En los nuevos diseños se deberá explicar hoyo a hoyo los criterios de seguridad utilizados para garantizar la seguridad de los residentes de las viviendas próximas. La Real Federación Española de Golf, los profesores, las academias, los clubs los propietarios, los colegios y la Administración debe fomentar el cambio de actitud hacía el golf. ¡Rompamos las reglas que impiden que el golf llegue al gran público, a jóvenes, mujeres, colegios y demás! Creo mucho en el futuro del golf en nuestro país con tres eslóganes: ‘Los campos de golf son cultivo agrícolas’, ‘Golf para todos’ y ‘Campos de golf, atractivo turístico nacional’”, concluye Marco Martín, cofundador de Stirling & Martin Golf Architects.
“La derogación del Decreto 43/2008 son muy buenas noticias, ya que permitirá que el golf en Andalucía siga evolucionando hacia una oferta de mayor calidad. El decreto vigente hasta este momento, era un ejemplo de legislación de despacho sacada adelante sin el más mínimo conocimiento del sector, imponiendo restricciones que hacían los proyectos inviables como demuestran estos últimos doce años en blanco. Todos somos conscientes de que el golf de baja calidad como justificación de desarrollos inmobiliarios no suele tener buen resultado, pero intentar restringirlo con medidas desproporcionadas y fuera de la realidad ha sido casi más perjudicial”, apunta Luis Cornejo, socio director de SURTEC.
“Es necesario que se pongan en marcha proyectos de calidad en los que participen promotores responsables, diseñadores de referencia, ingenierías exigentes y constructores profesionales. Un producto de calidad lleve o no asociado desarrollo inmobiliario, tiene el éxito económico prácticamente garantizado. Muy cerca, en Portugal, tenemos muchos ejemplos. Si seguimos esta línea, el paso del tiempo irá sacando del mercado las ofertas de poca calidad en favor de las más atractivas, y pienso que la derogación del decreto 43/2008 era el primer paso necesario”, concluye Cornejo.
“Qué duda cabe que es una buena noticia para el sector del golf andaluz. Desafortunadamente, estamos habituados a que los trámites administrativos demoren en exceso el desarrollo de un campo de golf desde que se gesta la idea hasta que se materializa. Esto provoca bastante desánimo en los inversores y promotores y, en la mayoría de las ocasiones, incluso ha provocado el abandono del proyecto”, opina Gonzalo Millán, director de Target Ingenieros.
“Quizás lo más significativo del nuevo decreto ley de la Junta de Andalucía sea que elimina la necesidad de conseguir la Declaración de Interés Turístico, aspecto que era a todos los efectos una moratoria que impedía el desarrollo de nuevos proyectos con campo de golf y que suponía su inviabilidad económica, física y temporal. Al suprimirla podemos poner en marcha directamente la presentación de los documentos de planificación, proyecto, estudios ambientales, etc., e iniciar la solicitudes de las licencias administrativas preceptivas sin las trabas que obligaba el anterior Decreto”, añade Millán.
“En mi opinión, este decreto era muy ambicioso. Estaba muy focalizado hacia la creación de campos de golf de alta competición, con mucha distancia, que exigían una gran superficie para su implantación del orden de cien hectáreas, algo que los hacía insostenibles de por sí. Es positivo que se creen campos dedicados a la alta competición, pero no todos. ¿Cuántas pruebas internacionales se realizan al año en España? ¿Cuál es el ‘target’ real de jugador nacional o extranjero que juega en España? Si contestamos a estas simples preguntas, nos damos cuenta rápidamente de lo erróneo de partida del concepto de ese decreto sin entrar en otros conceptos como el mantenimiento, sostenibilidad, etc.”, sostiene Rubén Palacios, fundador de Palacios Setvalls Design.
“¿Cuál será el posible impacto generado por la derogación de este decreto? Creo que es difícil predecirlo en estos momentos puesto que todos los posibles proyectos planteados hasta el momento estaban vinculados, encorsetados y limitados por el decreto. Muchos se han quedado por el camino y han desaparecido, ya que doce años es mucho tiempo para seguir empujando por un proyecto sin una viabilidad administrativa clara, y los pocos que siguen esperando es probable que se deban plantear el replanteamiento del proyecto y ajustar el modelo de negocio, así como el plan de negocio para asegurar la sostenibilidad económica del proyecto. De todas maneras, en estos momentos de incertidumbre provocados por la pandemia del coronavirus, sería muy bueno para Andalucía y para el turismo, que nuevos proyectos de golf salieran para adelante y se desarrollaran en la comunidad puesto que en estos momentos en los que parece se avecina tormenta económica, en los que el sector del turismo representa una parte importante de la generación de empleo y riqueza de este país, la generación de turismo de calidad se antoja importante y puede ser un factor importante que acerque el Norte de Europa al Sur de Europa en estos momento de desconexión”, continúa Palacios.
“Tampoco creo posible, que, gracias a la derogación del decreto, aparezcan nuevos proyectos por doquier. Aunque el decreto desaparezca, los proyectos deberán atenerse a una normativa y a la legislación existente, por lo que creo que poco a poco aparecerán nuevos proyectos y el impacto real de esta acción la veremos con el tiempo. No creo que el impacto sea inmediato a gran escala”, prosigue Palacios.
“¿Habrá un antes y un después al Decreto 43/2008? Por supuesto. En el momento en que un nuevo proyecto de campo de golf salga adelante en Andalucía y se convierta en realidad, la derogación se habrá hecho efectiva y la larga sombra del decreto de 2008 se habrá diluido y desaparecido en el tiempo. El sol volverá a salir, nuevos proyectos fructificarán y se convertirán en realidad. Ojalá sea cuanto antes, de manera sostenible, pero eficaz. Cualquier nuevo proyecto que salga adelante ayudará a disminuir el efecto devastador sobre la economía turística provocada por la pandemia. Este es el momento de remar hacia adelante y salir de esta delicada situación que nos ha tocado vivir, y sin duda el golf puede ayudar mucho”, concluye Rubén Palacios, fundador de Palacios Setvalls Design.
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